El llamado impuesto al arriendo o el impuesto relacionado al arriendo de propiedades surge producto del Decreto con Fuerza de Ley N°2 (DFL-2) del año 1959, el cual buscaba incentivar la compra de la casa propia. Sin embargo, con el tiempo este decreto facilitó el desarrollo de la actividad de inversor inmobiliario, debido a que los beneficios que brindaba en relación al arrendamiento.
Lo relevante en este tema es que los ingresos recibidos por las rentas de viviendas acogidas al decreto DFL-2 tienen inmunidad tributaria, es decir, son ingresos que no pagan impuestos. Sin embargo, en octubre de 2010 se promulgó la Ley 20.455 que cambió el escenario tributario, y estableció ciertas limitantes sobre los beneficios de invertir en activos DFL-2.
¿Qué es el impuesto al arriendo de propiedades?
El impuesto al arriendo de propiedades no es un impuesto como tal, específico al arriendo, sino que es el término de una exención tributaria, es una limitación a los beneficios del DFL-2. Esta limitación o restricción se aplica a las personas que tienen más de dos viviendas DFL-2 en arriendo.
Por ejemplo, una persona que tiene tres o más propiedades DFL-2 en arriendo, desde la tercera en adelante está sujeta al pago de impuesto por arriendo de inmuebles. Esto significa que, los ingresos percibidos por arriendo a partir de la tercera vivienda DFL-2 se considerarán como renta, por lo que deberán ser declarados en la declaración de renta anual, para calcular si corresponde o no el pago de impuestos.
Antes de 2010 (Ley 20.455) una persona podía tener en arriendo las propiedades DFL2 que quisiera y no tenía que pagar impuesto al arriendo o a la renta, que es realmente de lo que se trata, pero después de 2010, solo los dos primeros arriendos generados por propiedades acogidas al DFL2 no se considerarán como renta.
Por lo tanto, el “impuesto al arriendo de bienes raíces” no es un impuesto en sí, sino una restricción en los beneficios del DFL-2.
Es importante mencionar que esta restricción se aplica de forma cronológica, es decir, si una persona tiene tres propiedades, cronológicamente las dos primeras no pagarán “impuesto por arriendo de inmuebles”, pero si arrienda la tercera esta si estará sujeta a la declaración de impuestos.
Y, ¿cuáles son las propiedades DFL-2?
El Decreto con Fuerza de Ley N°2 (DFL-2) define que estas son propiedades de uso habitacional (casas o departamentos), que no superan los 140 metros cuadrados útiles de construcción y que en cuya escritura se indica que está acogida al beneficio del DFL-2.
¿Cuáles son los arriendos que están afectos a impuestos?
Los arriendos que deberán pagar impuestos son los siguientes:
- La tercera vivienda declarada como DFL-2, independiente de la fecha en que esta fue comprada.
- Las viviendas no consideradas como DFL-2 (mayores a 140 metros cuadrados).
- Los bienes raíces como oficinas, bodegas, estacionamientos o locales comerciales.
- Además, las personas de primera categoría (empresa y empresario individual), siempre deben declarar sus ingresos por arriendo.
Según el Servicio de Impuestos Internos, todas las personas tanto naturales como jurídicas que reciben ingresos por arriendo de bienes raíces, tienen la obligación de informar en su declaración de renta anual los montos obtenidos por arriendo. De esta manera, se podrá calcular el impuesto que deberán pagar en caso que corresponda, según sus características y las de sus propiedades.
Sin embargo, las personas que reciben ingresos por arriendo de hasta dos viviendas DFL-2 no están obligadas a declarar o informar esos ingresos, ya que dichos ingresos no se consideran renta, por lo que están exentos de impuesto.
Y, ¿cuánto es el pago de impuestos por arriendo de propiedades?
El impuesto al arriendo se calcula en base a la tabla de Impuesto Global Complementario, por lo que el monto a pagar variará según la renta imponible de cada persona y la ganancia monetaria que esta reciba por ese arriendo.
Para saber cuánto es el impuesto por arriendo de propiedades que debes pagar, ve a cuánto es el impuesto al arriendo que debo pagar, para saber cómo utilizar el asistente de cálculo de arriendos de bienes raíces del SII.
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