Saber cómo dar término anticipado a un contrato de arriendo puede ser útil por distintos motivos, pero también puede acarrear ciertas consecuencias, ya que finalmente no se está respetando lo estipulado en el contrato.
Es por esto que, es necesario saber cómo hacerlo de la manera adecuada, ya que no se trata solo de avisar a la otra parte que no se seguirá con el arrendamiento. En el término anticipado del contrato de arriendo es necesario respetar las formalidades del propio contrato y de la Ley de Arrendamiento.
En este artículo abordaremos más en detalle lo que involucra el término anticipado de un contrato de arrendamiento, pero siempre es recomendable asesorarse por un especialista en el tema.
Término anticipado del contrato de arriendo por el arrendatario
Cuando el arrendatario quiere terminar el contrato de arriendo antes del plazo lo primero que tiene que hacer es revisar el contrato de arriendo y ver si este tiene alguna cláusula al respecto. Si la tiene, entonces, el arrendatario deberá seguir dichos términos y condiciones.
Pero, si el contrato no estipula nada sobre el término anticipado del arrendamiento, entonces, el arrendatario deberá seguir lo establecido por la ley. Y esto dependerá del tipo de contrato que este haya firmado: indefinido o con renovación mes a mes o a plazo fijo.
Para dar término anticipado al contrato de arrendamiento por parte del arrendatario se debe hacer lo siguiente.
En el caso de los contratos indefinidos o indeterminados:
Si el contrato es mes a mes o indefinido/indeterminado el arrendatario tiene que enviar una notificación de desahucio al arrendador. Ya que el desahucio es la carta que notifica a la otra parte la terminación anticipada del contrato de arriendo, cumpliendo con lo establecido en el propio contrato o con lo establecido por la ley de arrendamiento.
Por lo que, lo primero es enviar la notificación de desahucio, y esta se puede hacer judicialmente o mediante una notificación personal efectuada por un notario. Como lo establece la Ley de arrendamiento, el arrendatario tiene dos meses como plazo para la restitución de la propiedad desde que se envía la notificación, más un mes por cada año completo que el arrendatario haya ocupado el inmueble. Esto último con un tope de seis meses, es decir, el arrendatario tendrá seis meses como máximo para restituir la propiedad.
Sin embargo, el arrendatario puede restituir el inmueble antes de culminar el plazo, en cualquier caso, tiene que seguir pagando el arriendo hasta que haga entrega de la propiedad.
¿Cómo terminar un contrato de arriendo antes del año? En el caso de los contratos a plazo fijo, el término del contrato de arriendo anticipado por el arrendatario en Chile implica lo siguiente:
Si el contrato de arriendo es a plazo fijo, plazo no mayor a un año, el arrendatario solo podrá efectuar una demanda judicial para solicitar el término anticipado del arrendamiento. Y en este caso, el arrendatario deberá pagar las rentas faltantes correspondientes al plazo original del contrato de arriendo, por ejemplo, si se deja el inmueble faltando dos meses para el término del contrato, deberá pagar dichos meses.
Por otro lado, si el contrato de arriendo es a plazo fijo, plazo superior a un año, el arrendatario podrá poner término anticipado al contrato sin estar obligado a pagar la renta por el periodo faltante.
Término de contrato de arriendo anticipado por el arrendador
Cuando el arrendador quiere terminar el contrato de arriendo antes de tiempo lo primero que tiene que hacer es revisar el contrato y ver si este tiene alguna cláusula al respecto. Si el contrato de arrendamiento tiene una cláusula que estipule lo que hay que hacer ante el término anticipado del contrato, entonces, el arrendador deberá regirse por dichos términos y condiciones.
Por otro lado, si el contrato no tiene una cláusula o no estipula nada sobre el término anticipado del arrendamiento, entonces, el arrendador deberá seguir lo establecido por la ley. Y en este caso, las acciones a seguir dependerán del tipo de contrato que este haya firmado: contrato indefinido o con renovación mes a mes o contrato a plazo fijo.
¿Qué hacer en el caso de los contratos indefinidos o indeterminados?
Si el contrato es mes a mes o indefinido/indeterminado el arrendador tiene que enviar una notificación de desahucio al arrendatario. El desahucio es una carta con la que una de las partes comunica a la otra la terminación anticipada del contrato, cumpliendo con lo establecido en el contrato de arriendo o con lo establecido por la ley de arrendamiento.
En este caso, lo primero es enviar la notificación de desahucio, y esta se puede hacer judicialmente o mediante una notificación personal efectuada por un notario. La Ley de arrendamiento establece dos meses como plazo para la restitución de la propiedad desde que se envía la notificación, plazo que aumentará un mes por cada año completo que el arrendatario haya ocupado el inmueble. Sin embargo, dicho plazo en total no podrá superar los seis meses, es decir, el arrendatario podrá estar como máximo seis meses en la propiedad antes de restituirla.
El arrendatario puede restituir la propiedad antes de culminar el plazo, en cualquier caso, este deberá seguir pagando el arriendo hasta que haga entrega de la propiedad.
¿Qué hacer en el caso de los contratos a plazo fijo?
Si el contrato de arriendo es a plazo fijo, plazo no mayor a un año, el arrendador solo podrá efectuar una demanda judicial para solicitar la restitución del inmueble, es decir, terminar al contrato de arriendo a través de un juicio. Y en este caso, el arrendatario tendrá dos meses a partir de la notificación para hacer entrega de la propiedad.
El arrendatario también podrá hacer entrega de la propiedad antes del plazo, y está obligado a pagar la renta del arriendo hasta el día de la restitución del inmueble.
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