Requisitos para hacer un contrato de arriendo notarial

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Los requisitos para hacer y firmar un contrato de arriendo notarial están regulados por la Ley 21.461 en su artículo No. 20, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (la cual modifica la Ley 18.101), y en esta se encuentra toda la normativa legal al respecto.

Si te estás preguntando cuáles son los documentos para arrendar una casa o departamento en notaría, en este artículo detallaremos los distintos requisitos que se exigen para el arrendamiento de predios urbanos. Y de esta manera, puedas recopilar todos los documentos que sean necesarios para hacer el contrato de arrendamiento notarial.

Requisitos y documentos para hacer un contrato de arriendo notarial

Dentro de los requisitos para hacer un contrato de arriendo ten en cuenta que todos los documentos (certificados) relacionados a la propiedad, al arrendador y al arrendatario son importantes. Por un lado, porque se resguarda la propiedad y, por otro lado, porque el arrendador y el arrendatario se evitan conflictos a futuro teniendo todo claro y en regla.

¿Cuáles son los documentos para firmar un contrato de arriendo? Estos son los documentos que debería presentar el arrendatario para el arriendo del inmueble:

Antecedentes del arrendatario

  • Certificado de Dicom para arriendo: este permite conocer la situación financiera del arrendatario. (No confundir con el informe comercial de Dicom)
  • Contrato de trabajo y liquidaciones de sueldo: en el caso de arrendatarios asalariados (trabajadores dependientes), suelen ser necesarias las 3 últimas liquidaciones de sueldo y las últimas 12 cotizaciones de AFP.
  • Declaraciones de renta: para arrendatarios con trabajo independiente se suelen requerir las últimas declaraciones de renta y las boletas.
  • Codeudor: esto puede ser opcional, pero en el caso de requerir un codeudor o aval es importante pedirle también las liquidaciones de sueldo.

Además, tanto arrendador como arrendatario deben presentar su cédula de identidad vigente. En el caso de extranjeros, deben presentar su pasaporte o cédula de identidad de su país de origen.

En cuanto a los requisitos, estos son los requisitos para firmar un contrato de arrendamiento en notaría:

  • Individualización de las partes: nombre y datos personales del arrendador y del arrendatario.
  • Tipo de inmueble: describir el tipo de inmueble que se arrienda y especificar la ubicación de este.
  • Escritura de la propiedad: tener la escritura de la propiedad o un certificado de dominio emitido por el Conservador de Bienes Raíces. (Para demostrar que el arrendador es realmente el dueño de la propiedad)
  • Uso de la propiedad: establecer cuál será el uso que se le dará a la propiedad (habitacional o comercial).
  • Términos y condiciones: establecer todas las condiciones, responsabilidades y obligaciones para el arriendo del inmueble.
  • Pagos: establecer claramente las formas y las fechas en las que se realizarán los pagos por el arrendamiento.
  • Renta: definir el monto de la renta y si esta será mensual o en otra modalidad.
  • Reajuste: establecer como se calculará el incremento anual del valor del arriendo, por IPC o por alguna otra modalidad.
  • Término de contrato: definir cuáles serán las causales que darán termino al contrato de arriendo.
  • Resolución de conflictos legales: establecer con claridad quién costeará los gastos en caso de existir disputas.
  • Vigencia del contrato: definir cuál será la duración del contrato de arriendo y que ocurrirá una vez este se termine.
  • Inventario: suele ser recomendable redactar un anexo enlistando aquellos elementos que se entregan con el inmueble y dejando por escrito el estado general en el que se entrega la propiedad.

Ten en cuenta que, puedes llevar tu propio contrato de arriendo impreso o solicitar la redacción de este en la notaría.

En conclusión

Es importante exigir estos requisitos al hacer un contrato de arriendo y presentar los documentos antes mencionados para evitar problemas a futuro. Ten en cuenta que, en Chile no es obligatorio hacer un contrato de arriendo notarial, pero es la opción más recomendada, ya que así quedan por escrito y firmado ante notario los derechos y deberes de ambas partes. Y además, se resguarda la propiedad y los derechos de arrendador y arrendatario en caso de existir conflictos.


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