
Uno de los temas relacionados al arrendamiento de bienes inmuebles tiene que ver con las herencias y, en específico, con la posesión efectiva. Cuando una persona deja bienes a sus herederos estos se hacen dueños de los bienes desde el mismo momento del fallecimiento, pero una cosa es hacerse dueño de los bienes y otra es poder disponer de ellos, o sea ser el dueño legal de estos.
Y, cuando hablamos de ser el dueño legal de los bienes es cuando entra en juego la posesión efectiva, pero ¿se puede arrendar si posesión efectiva?
En Chile no se puede arrendar una propiedad sin tener la posesión efectiva. Para disponer o determinar qué se va a hacer con un bien inmueble, primero es necesario ser el dueño legal de este. Esto significa que, para que el arrendador pueda dar en arriendo el inmueble (o incluso venderlo), este debe ser el dueño legal de dicha propiedad.
Recordemos que, la posesión efectiva es una resolución que determina quiénes son los herederos de una persona, para que dichos herederos puedan disponer de los bienes de la persona fallecida.
Por lo tanto, la posesión efectiva es el primer trámite que una persona debería realizar cuando fallece un ser querido. De hecho, es un trámite que hay que hacer ya sea para poder arrendar o vender los bienes que se reciben de una herencia.
¿Cuánto demora la tramitación de la posesión efectiva?
Si se desea arrendar una propiedad que se recibe como herencia, hay que tener en cuenta que la tramitación de la posesión efectiva demora unos cuantos meses. El trámite será más breve o más extenso dependiendo de si existe o no un testamento.
- Si no existe un testamento el trámite se debe hacer en el Registro Civil, ya que en este se tramitan todas las posesiones efectivas sin testamento (posesión intestada). Este trámite suele demorar unos 3 meses aproximadamente, si es una posesión efectiva sencilla en la que hay claridad sobre los herederos. Puedes conocer más detalles y hacer ese trámite a través de ChileAtiende dando clic aquí.
- Si existe un testamento el trámite se debe realizar en un tribunal civil, ya que es ahí donde se tramitan las posesiones efectivas que tienen testamento. Este trámite es más largo y podría durar entre 6 a 10 meses aproximadamente.
¿Un heredero puede arrendar una propiedad en Chile?
Sí. Las personas que reciben como herencia una propiedad pueden arrendarla, siempre y cuando tengan la posesión efectiva, de lo contrario no será posible, ya que la ley de arrendamiento (Ley 18.101) exige que el arrendador sea el dueño.
Y, ¿por qué es necesaria la posesión efectiva para arrendar?
Porque esta permite demostrar legalmente que se es heredero de esa propiedad, y si no se tiene la posesión efectiva no se podrá demostrar que se es el dueño del inmueble, y por lo tanto, no se podrá arrendar. De hecho, para hacer un contrato de arriendo notarial, la notaria exigirá la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces de la propiedad a través de un certificado de dominio vigente, para corroborar que el arrendador sea el dueño legal del inmueble, o, para corroborar que el dueño de la propiedad no esté fallecido.
¿Se puede vender una casa sin posesión efectiva?
No, no es posible vender una casa si no se tiene la posesión efectiva del inmueble. Como se mencionaba anteriormente, la posesión efectiva es una resolución que determina que los herederos pueden disponer legalmente de los bienes de la persona fallecida, ya sea para administrar, vender o arrendar una propiedad.
Por lo que, si te estás preguntando ¿puedo arrendar una casa sin haber hecho la posesión efectiva? No, esto no es posible, ya que la posesión efectiva es el documento que demuestra legalmente que eres el dueño de esta y que puedes disponer de ella, en este caso arrendarla.
¿Qué significa un inmueble sin posesión efectiva en Chile?
Recordemos que en Chile cuando alguien muere, los bienes que dejó esa persona (incluidos los inmuebles) no pasan automáticamente a los herederos sin un proceso formal. La posesión efectiva es el procedimiento administrativo o judicial que permite inscribir la propiedad a nombre de los herederos en el Conservador de Bienes Raíces, otorgándoles la titularidad legal.
Si un inmueble está “sin posesión efectiva” significa que:
- La propiedad sigue a nombre del fallecido: En los registros oficiales, el inmueble aún aparece como perteneciente a la persona que murió, lo que puede generar problemas legales o prácticos, como la imposibilidad de venderlo, arrendarlo o usarlo como garantía sin regularizar la situación.
- No se ha realizado el trámite sucesorio: Los herederos no han solicitado la posesión efectiva ante el Registro Civil (en caso de herencias simples con testamento o sin oposición) o ante un tribunal (si hay disputas o testamento complejo).
- Situación de incertidumbre: Mientras no se haga la posesión efectiva, los derechos sobre el inmueble quedan en un limbo jurídico, lo que puede complicar su uso o disposición.
Por ejemplo, si una persona fallece y deja una casa, pero sus hijos no tramitan la posesión efectiva, esa casa será un “inmueble sin posesión efectiva”. Esto podría dificultar, por ejemplo, que los herederos la vendan, ya que el comprador exigiría que la propiedad esté inscrita a nombre de los vendedores y no del fallecido.
Finalmente…
Como puedes ver, es muy importante tener la posesión efectiva cuando se heredan bienes, porque solo con ella se puede demostrar que se tiene la calidad de heredero de una persona, y por lo tanto que se puede disponer de los bienes de ella, ya sea para administrarlos, arrendarlos o venderlos.
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