¿Qué mascotas pueden viajar en la bodega del avión de pasajeros?
Mascotas acompañadas: perros y gatos que viajan en las bodegas del avión del mismo vuelo de su tutor o dueño. Existen límites de peso y medidas.
En ambos casos, las mascotas deben viajar dentro de un kennel o contenedor de transporte adecuado para su tamaño y cumpliendo los requisitos establecidos en la sección de Mascotas en Bodega.
¿Qué mascotas pueden viajar con LATAM Cargo?
Mascotas viajando sin compañía: perros, gatos y otras especies que viajan en las bodegas del avión vía LATAM Cargo, no necesitan compañía de su tutor o dueño.
Restricciones y condiciones generales para el viaje
Para el transporte de mascotas en cabina o bodega de pasajeros, existen una serie de restricciones generales que deben ser consideradas antes de solicitar el servicio.
Adicionalmente, en las secciones de Mascotas en Cabina y Mascotas en Bodega, podrás encontrar detalles sobre restricciones y condiciones específicas para cada transporte.
Cantidad de mascotas permitidas por pasajero:
- Mascotas en bodega: cada pasajero puede llevar un máximo de 2 mascotas en bodega.
- Mascotas en cabina: cada pasajero puede llevar un máximo de 1 mascota en la cabina. Los pasajeros no pueden viajar con una mascota en cabina si se encuentran viajando con un Animal de Servicio o de Soporte Emocional.
Quiénes pueden viajar con mascotas en bodega o cabina:
Sólo está permitido para pasajeros mayores de 12 años de edad. Menores de edad viajando con el servicio de Menores No Acompañados (UMNR) no tienen permitido viajar con mascotas (tanto en cabina como en bodega).
Limitaciones generales del transporte de mascotas
Servicio NO disponible en:
- Desde o hacia el Archipiélago de Galápagos, Australia, Nueva Zelanda, Inglaterra.
- En vuelos que tienen conexiones con otras aerolíneas o código compartido.
- Adicional, para mascotas en bodega, el servicio no se encuentra disponible en vuelos entre Santiago y Guayaquil (AVIH), Lima y Quito, Lima y Guayaquil
Además, para el transporte de mascotas en bodega, sólo serán aceptadas en viajes con un máximo de 1 conexión para su itinerario completo.
Documentación necesaria para viajar con mascotas
Para poder viajar, tu perro o gato deberán cumplir con todos los documentos y requisitos de viaje especificados por su origen, destino o conexiones de viaje.
Adicional a los documentos requeridos por las autoridades, deberás presentar dos (2) certificados de un médico veterinario (una copia quedará guardada en el aeropuerto), con fecha de emisión máxima de 10 días previos a la fecha del viaje, donde se indique como mínimo la siguiente información de tu mascota:
- Nombre de la mascota
- Edad
- Raza
- Vacunas
- Declaración de buen estado de salud
Documentos requeridos de la mascota según destino
La información necesaria puede cambiar según tu destino y es responsabilidad de cada pasajero mantenerse informado. Te recomendamos revisar los sitios oficiales de cada país para conocer sus requisitos que serán exigidos para tu mascota.
Información general sobre vuelos nacionales
- Desde Santiago de Chile hacia Isla de Pascua: Certificado Zoosanitario de Exportación (CZE) emitido por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) que, entre otros requisitos, exige la inscripción de perros y gatos en el Registro Nacional de Mascotas o Animales de Compañía.
- Dentro de Colombia: Certificado de vacunación, indicando el número de matrícula profesional del veterinario.
- Dentro de Brasil: presentar certificado sanitario emitido por un veterinario, con hasta 10 días de anticipación y comprobante de vacuna antirrábica válido**.
**Después de la aplicación de la primera dosis de la vacuna antirrábica, debe esperar 21 días para embarcar. A partir de la segunda dosis, no es necesario esperar este periodo. La validez de la vacuna puede variar de 1 a 3 años, dependiendo del fabricante. Si tu mascota viaja dentro del periodo de los 21 días posteriores a la primera dosis o en el caso que la vacuna esté vencida, no se permitirá el embarque.
Requisitos del kennel o contenedor de transporte
Por seguridad, no se aceptan kennels o contenedores de transporte que hayan sido alterados o modificados para el viaje con cualquier tipo de elemento que no sea original de la estructura.
Recuerda, para todos los viajes serán exigidos 2 contenedores o bowls adosados a la puerta del kennel:
- Bowl para el agua: debe ser incluído en todos los viajes. Para aquellos itinerarios de viaje superior a 8 horas, el bowl o contenedor de agua debe contener agua suficiente para la hidratación de la mascota.
- Bowl para alimentos: debe ser incluído en todos los viajes, no es requisito que cuente con alimento dentro.
En cumplimiento con la Regulación de Animales Vivos de la IATA (LAR), las botellas de agua o dispensadores similares no reemplazan los contenedores abiertos de agua (platos o bowls). De ser usados, el kennel o contenedor de transporte debe también llevar adosado al interior de la puerta los contenedores para agua y alimento.
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