Ley de grabado de patentes en vidrios: Cómo cumplir la normativa

ley sobre el grabado de patentes en vidrios

La llamada “Ley de grabado de patentes” corresponde a la Ley N° 21.601 publicada el 11 de septiembre de 2023, esta modifica la Ley de Tránsito (N° 18.290) con el objetivo de prevenir la venta de vehículos motorizados robados y sancionar conductas relacionadas.

El reglamento definido por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (solicitado en la Ley N° 21.601), el cual fue publicado en el Diario Oficial el 14 de mayo de 2024, establece las especificaciones del grabado de las letras y dígitos de la placa patente única en los vidrios laterales, parabrisas, luneta trasera y espejos laterales de los vehículos.

Revisa todos los detalles a continuación para que puedas saber cómo debe ser el grabado de patentes según la ley, y la relación que tiene esta normativa con la revisión técnica vehicular.

¿Desde cuándo rige la ley de grabado de patentes?

La ley sobre el grabado de patentes rige desde el 15 de mayo de 2025. Por lo que, la obligación del grabado de patentes ya está completamente vigente para todos los vehículos motorizados en Chile, salvo las excepciones contempladas en el reglamento.

El reglamento solicitado en la Ley N° 21.601 fue publicado en el Diario Oficial el 14 de mayo de 2024, dando los siguientes plazos a los dueños de vehículos:

  • Vehículos nuevos (vendidos desde el 11 de septiembre de 2023 en adelante): la obligación rige desde el cuarto mes contado desde la publicación del reglamento en el Diario Oficial, es decir, desde septiembre de 2024.
  • Vehículos usados (comercializados antes del 11 de septiembre de 2023): el plazo fue de doce meses desde la publicación del reglamento, es decir, desde mayo de 2025.

Si tu vehículo aún no tiene el grabado de la patente debes realizar este trámite lo antes posible, ya que estás fuera de plazo. Si el vehículo circula sin el grabado estarás cometiendo una infracción de tránsito, y además, este será rechazado en la revisión técnica al momento de asistir.

¿A qué vehículos se aplica la normativa de grabado de patentes?

La Ley de grabado de patentes es obligatoria para todos los vehículos motorizados nuevos o usados como autos, camionetas, motocicletas, taxis, camiones, furgones, buses, etcétera.

¿Qué vehículos están exentos del grabado de patentes?

Las excepciones corresponden a los siguientes vehículos:

  • Vehículos que no requieren placa patente, como maquinaria agrícola y de construcción, entre otros.
  • Los vehículos considerados antiguos o históricos.
  • Vehículos policiales o de Fuerzas Armadas.
  • Vehículos extranjeros que transitan temporalmente por territorio chileno.

¿En qué vidrios se debe grabar la placa patente?

Con respecto a cuántos vidros se deben grabar, el reglamento del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT) establece que la cantidad de vidrios y la ubicación del grabado de la patente debe ser en:

  • Vidrios laterales del conductor: vértice inferior derecho (visto desde el exterior).
  • Vidrios laterales del acompañante: vértice inferior izquierdo (visto desde el exterior).
  • Parabrisas: vértice inferior derecho (visto desde el exterior), sin tapar el VIN ni otros elementos obligatorios.
  • Luneta o vidrio trasero: vértice inferior izquierdo (visto desde el exterior).
  • Espejos laterales: siguiendo el borde, paralelo al suelo, sin interferir con su función.

¿Dónde se debe hace el grabado de vidrios en motocicletas?

Para motocicletas el grabado debe ser en todos sus espejos.

¿Qué vidrios se deben grabar en taxis?

Si el taxi tiene su placa patente pintada en sus puertas, solo se debe realizar el grabado en su parabrisas y espejos laterales.

¿Dónde hacer el grabado de patentes en buses y camiones?

Los buses y camiones que cuenten con su placa patente pintada en sus costados y/o techo, deben grabar su patente en parabrisas y espejos laterales. De lo contrario, si el vehículo tiene más 6 vidrios, deben ser grabados mínimo 6, incluyendo obligatoriamente el parabrisas y los de mayor superficie.

¿En qué vidrios grabar la patente en camionetas, furgones o similares?

En estos casos, si el vehículo posee 6 o menos vidrios, deben ser grabados todos ellos. Por el contrario, si el vehículo tiene más de 6 vidrios, se deben grabar como mínimo 6, incluyendo obligatoriamente el parabrisas y los de mayor superficie.

Grabado de patentes: tipo de grabado, letra y medidas

El tipo de grabado debe ser permanente, lo que significa que se debe realizar desgastando físicamente la superficie del vidrio y espejo lateral, de forma que no pueda ser borrado.

Por otro lado, el tipo de letra y dígito debe ser de estilo normal, sin cursiva ni negrita, y las letras siempre en mayúsculas.

Según el reglamento establecido por la ley, los tamaños o medidas de las letras y los dígitos del grabado deben ser las siguientes:

  • En vidrios: altura entre 7 y 10 mm.
  • En espejos laterales: altura entre 5 y 10 mm.
  • En ambos casos, el ancho y espesor del trazo deben ser acordes al tipo y altura de las letras y dígitos.

Orientación del grabado

El grabado debe seguir la superficie del vidrio o espejo, de manera que su lectura sea horizontal de izquierda a derecha para un observador externo al vehículo.

  • En espejos de forma cuadrada o rectangular, este debe seguir el borde de los lados paralelos al suelo, lo más próximo a dicho borde.
  • En espejos de forma circular u ovalada, el grabado debe ser de forma paralela al suelo.

En ambos casos el grabado de la placa patente puede ubicarse en la parte superior o inferior, sin interferir con la función del espejo.

¿Qué grabado de patentes no están permitidos o no son válidos?

Los grabados de patente no permitidos o no válidos son aquellos que no desgastan la superficie del vidrio y/o espejo. Todos los demás tipos de grabados, independiente de la técnica que se utilice (arenado, acido, con láser, con puntos u otro), si están permitidos o son válidos, mientras generen un desgaste en la superficie del vidrio o espejo.

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